En el siguiente capítulo se detallan las condiciones y procedimientos para que se reconozca la calidad de estudiante de la universidad, teniendo en cuenta los principios de igualdad de oportunidades y no discriminación. Además, se indica que el Reglamento Estudiantil abordará aspectos relevantes como la inscripción, los derechos, los deberes y el régimen disciplinario, respetando la libertad de opinión, expresión, participación, asociación y organización de los estudiantes.
ARTÍCULO 90°. La Universidad Industrial de Santander será accesible a los Estudiantes que demuestren poseer las capacidades y calidades requeridas y cumplan con las condiciones académicas exigidas; sin discriminación de sexo, raza, etnia, condición económica, política y social.
ARTÍCULO 91°. Es estudiante de la Universidad la persona que habiendo sido admitido de acuerdo con el proceso definido autónomamente por la Institución, se encuentre matriculado en uno de los programas académicos conducentes a título.
ARTÍCULO 92°. El mecanismo de admisión garantizará que exista igualdad de tratamiento para el acceso a la Universidad y se hará mediante un proceso de pruebas que certifiquen la suficiencia académica necesaria.
ARTÍCULO 93°. El Reglamento Estudiantil que expida el Consejo Superior desarrollará los siguientes aspectos principales: Requisitos de inscripción, admisión y matrícula; Derechos y deberes; Régimen disciplinario; Situaciones que conducen a la suspensión o pérdida de la calidad de estudiante y Régimen de estímulos y distinciones.
PARÁGRAFO. Las normas contempladas en el reglamento estudiantil de la Universidad respetarán a los estudiantes la libertad de opinión, expresión, participación, asociación y organización de acuerdo con lo estipulado en el Estatuto y en los Reglamentos de la institución.